Artículo Disposición final sextaDisposición final sexta
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Norma publicada: 17 de diciembre de 2010
Resumen del Artículo Disposición final sexta
Artículo Disposición final sexta del Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia. (codigo) — Disposición final sexta. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Norma publicada: 17 de diciembre de 2010
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Disposición final sexta. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
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Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.
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